Alerta Regulatoria – La CRE propone que Unidades Administrativas vuelvan a autorizar actualizaciones de permisos

  • Las Unidades Administrativas de la CRE volverán a autorizar ciertas solicitudes de actualización de permisos sin intervención del Órgano de Gobierno.
  • El Órgano de Gobierno de la CRE mantiene la facultad de autorizar ciertas actualizaciones importantes (cambios de control corporativo, alta o baja de petrolíferos a almacenar, transportar, distribuir o expender, alta o baja de marcas comerciales (expendio y transporte), entre otras)
  • De aprobarse, de derogaría el Acuerdo A/019/2021 publicado el año pasado.

El día de hoy la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) sometió a consulta pública un anteproyecto del Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía establece los supuestos que constituyen una actualización de permiso (el “Anteproyecto”). En este link podrán encontrar el expediente completo del Anteproyecto.

Antecedente: El 25 de junio de 2021, la CRE publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo Núm. A/019/2021, mediante el cual se estableció que todas las solicitudes de actualización de permisos otorgados por la CRE debían ser autorizadas por el Órgano de Gobierno. Esto resultó en un sin número de solicitudes de actualización pendientes sin resolver puesto que cuestiones como cambios de domicilio de los permisionarios, entre otras, debían ser autorizadas por el Órgano de Gobierno previo a su implementación.

En resumen, el Anteproyecto propone regresar la facultad de autorizar las actualizaciones de permisos a la Unidad de Hidrocarburos y la Unidad de Electricidad (es decir sin tener que ser aprobado por el Órgano de Gobierno de la CRE), entre muchos otros, en los siguientes temas:

Para todos los permisos:

  • Cambio de nombre, denominación o razón social del permisionario
  • Cambio de domicilio del permisionario
  • Cambio de datos del domicilio de las instalaciones permisionadas
  • Correcciones a permisos por omisiones o errores menores de captura

En materia de Hidrocarburos/Petrolíferos (excepto algunas actividades):

  • Reemplazo de equipo e instalaciones
  • Alta, baja o modificación de rutas y destinos en sistemas de transporte y distribución por medios distinta a ductos
  • Cambio en monto de inversión de proyectos
  • Cambio de operador
  • Cambio, alta o baja en el registro de parque vehicular para los permisos de transporte y distribución por medios distintos a ducto de petrolíferos, gas licuado de petróleo y gas natural
  • Alta o baja de centrales de guarda del parque vehicular

En materia de generación de energía eléctrica:

  • Disminución de la capacidad autorizada, así como la demanda autorizada para importación
  • Cambio de capacidad en corriente directa en los equipos de generación de energía eléctrica
  • Cambio de ubicación de centrales eléctricas móviles (en casos de subastas de confiabilidad y para protocolo correctivo)

Una vez publicado en el DOF: (i) el Anteproyecto entraría en vigor al día siguiente; (ii) se abrogaría el Acuerdo Núm. A/019/2021 que establece que todas las actualizaciones debían ser autorizadas por el Órgano de Gobierno de la CRE; y (iii) las solicitudes pendientes de actualización podrán ser resueltas conforme a la nueva regulación, lo que significa que algunas solicitudes podrán ser resueltas por las Unidades Administrativas de la CRE a la brevedad.

El Anteproyecto se encuentra sujeto a consulta pública en el sitio web de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (“CONAMER”). Se pueda esperar que su proceso de impacto regulatorio (consulta pública) sea breve.

Llama la atención que el texto del Anteproyecto no hace referencia al Acuerdo de suspensión de términos y plazos legales en la CRE derivado de la pandemia por COVID-19, por lo que pudiera suponerse que la CRE ya considera o considerará que dicho Acuerdo ha quedado sin efectos.

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De tener alguna duda o comentario respecto a este asunto, favor de contactarnos.

Este documento no constituye asesoría legal.

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