Alerta Regulatoria – Nuevos Lineamientos de la CNH respecto de cambios de Control, Cesiones de Intereses de Participación y Gravámenes.

  • La Nueva Regulación sustituye a los Lineamientos por los que se establecen los requisitos y el procedimiento para celebrar alianzas o asociaciones en las que se lleve a cabo la cesión del control corporativo y de gestión o del control de las operaciones, respecto de los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos, publicados el 30 de enero de 2017.
  • Los criterios y precedentes utilizados por la CNH para la autorización de operaciones corporativas en la industria de exploración y extracción de hidrocarburos entre el 2017 y 2023 se “codifican” en la Nueva Regulación.
  • La Nueva Regulación establece procedimientos específicos para: (i) certificar las capacidades técnicas y financieras de cualquier persona que pretenda adquirir una participación en un Contrato E&E; y (ii) autorizar los gravámenes sobre los IPs y otros bienes relacionados con los Contratos E&E, otorgados en favor de acreedores en general.

El día de hoy, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se emiten los Lineamientos de Cesiones, Cambios Corporativos y Gravámenes (la “Nueva Regulación”). El texto oficial lo pueden encontrar en el siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5682055&fecha=08/03/2023#gsc.tab=0

La Nueva Regulación fue presentada como propuesta regulatoria sujeta a consulta pública por la CNH desde el 25 de marzo de 2022.[1] El 11 de julio y 20 de octubre de 2022, la CNH introdujo cambios mínimos y desde entonces el anteproyecto de la Nueva Regulación quedo sujeto a comentarios de cualquier interesado.


[1] Véasehttps://campaymendoza.com/recursos/lineamientos-de-la-cnh-respecto-de-cambios-de-control-cesiones-de-intereses-de-participacion-y-gravamenes/

La Nueva Regulación sustituye a la regulación de la CNH vigente hasta el día de hoy: Lineamientos por los que se establecen los requisitos y el procedimiento para celebrar alianzas o asociaciones en las que se lleve a cabo la cesión del control corporativo y de gestión o del control de las operaciones, respecto de los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos (la “Regulación Anterior”).

La Nueva Regulación aplica a los Contratos de Exploración y Extracción de Hidrocarburos (“Contratos E&E”) en México con respecto a,entre otros, los siguientes conceptos: (i) transferencias de intereses de participación (“IP”); (ii) cambios de control bajo los Contratos E&E o de las empresas que tengan un interés bajo los mismos; (iii) imposición de gravámenes a los IP; y (iv) las notificaciones a la CNH sobre los cambios en la estructura del capital social y las transferencias de IP.

Entre otras cosas, la Nueva Regulación establece lo siguiente:

  • Regula el proceso para solicitar y obtener de la CNH: (i) la acreditación de capacidades legales, financieras, técnicas, de experiencia y de ejecución de cualquier interesado que quiera ser parte de (o tener un IP en) un Contrato E&E; (ii) una autorización para llevar a cabo la Cesión (transferencia) del Control Corporativo y de Gestión o del Control de las Operaciones de un Área Contractual; y (iii) una autorización para otorgar Gravámenes sobre los derechos de los Contratos E&E.
  • En cierta medida, “codifica” los criterios utilizados por la CNH, así como los precedentes para autorizar transacciones/operaciones desde el 2017 a la fecha.
  • Establece un procedimiento nuevo/separado para solicitar la autorización para el otorgamiento de Gravámenes en favor de acreedores (para financiamiento y otras operaciones), en un lugar de solicitar una autorización genérica para la celebración de alianzas y asociaciones entre operadores y no operadores. Esto incluye la necesidad de presentar información más detallada de los términos y condiciones de los financiamientos, así como del alcance de los Gravámenes a ser autorizados.
  •  Identifica claramente: (i) cuando un cambio de control es aplicable a un Contratista individual (v.gr., una sola empresa suscribe el Contrato E&E) o a una Empresa Participante (v.gr., más de una empresa suscribe el Contrato E&E); y (ii) un cambio de control en un Área Contractual. Como resultado, la definición del término “Control Corporativo y de Gestión” se modifica y aplica a cada empresa de forma individual y a los consorcios con relación a los IP.
  • Atiende la mayoría de los problemas y temas jurídicos que se identificaron en la Regulación Anterior que resultaban en interpretaciones contradictorias con los propios Contratos E&E y retrasos para obtener la autorización de la CNH para ceder IP u otorgar gravámenes sobre los derechos de los Contratos E&E.
  • Brindar claridad respecto a la devolución de garantías corporativas y de cumplimiento previamente entregadas a la CNH.

Campa & Mendoza
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Este documento no constituye asesoría legal

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